BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES ECONÓMICAS A ESTUDIANTES QUE CURSEN ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DE TENERIFE PARA EL CURSO ESCOLAR 2021/2022.

Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas destinadas a alumnos residentes y empadronados en el municipio de Santa Úrsula, y que cursen estudios universitarios, ciclos formativos de formación profesional de grado medio o superior fuera de Tenerife, siempre que éstos no puedan realizarse dentro de la isla para el curso 2021-2022.

Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 14/03/2022 

Los interesados pueden obtener más información y descargar los documentos necesarios para presentar la correspondiente solicitud en la Sede Electrónica o dirigiéndose al Área de Educación en el Ayuntamiento. Podrán ser beneficiarios de las ayudas que regulan las presentes bases, los alumnos/as que residan y estén empadronados en el municipio, con una antigüedad mínima de (6 meses) y que se encuentren matriculados en centros docentes fuera de Tenerife cursando estudios universitarios, ciclos formativos de formación profesional de grado medio o superior, siempre y cuando éstos no puedan realizarse dentro de la isla, o no se haya obtenido plaza en los centros de la isla.

REQUISITOS ESPECÍFICOS.

  • Ser residente y estar empadronados en el municipio de Santa Úrsula, con una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Los alumnos deben estar matriculados en centros docentes fuera de Tenerife, cursando estudios universitarios, ciclos formativos de formación profesional de grado medio o superior, siempre que éstos no puedan realizarse dentro de la isla, o de presentar certificado de no haber obtenido plaza en los centros de la isla.
  • Superar el curso anterior atendiendo al rendimiento académico.
  • Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Gobierno de Canarias, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, o regímenes alternativos de previsión social, según la legislación vigente y con el Ayuntamiento.
  • Haber justificado al Ayuntamiento de Santa Úrsula, en su totalidad, subvenciones anteriores, en caso de haberlas percibido.